EL BIEN COMÚN
En su carta encíclica “Pacem
in terris”, publicada, hace 60 años, el día 11 de abril de 1963, el papa san
Juan XXIII nos dejó unas interesantes
reflexiones sobre el bien común.
1. El bien común es una
exigencia que obliga a todos los ciudadanos y a los grupos intermedios. “Todos
ellos han de acomodar sus intereses a las necesidades de los demás y enderezar
sus prestaciones en bienes o servicios al fin que los gobernantes han
establecido, según normas de justicia y respetando los procedimientos y límites
fijados para el gobierno”.
2. Por tanto, “los
gobernantes deben dictar aquellas disposiciones que, además de su perfección
formal jurídica, se ordenen por entero al bien de la comunidad o puedan
conducir a él” (PT 53).
3. Ahora bien, el bien común
obliga también al gobernante. “Todo gobernante debe buscar y respetar la
naturaleza del bien común y ajustar al mismo tiempo sus normas jurídicas a la
situación real de las circunstancias” (PT 54).
4. El bien común está ligado
a la naturaleza humana. Para comprenderlo y actuarlo en su totalidad habrá que
tener siempre en cuenta el concepto y la dignidad de la persona humana (PT 55).
5. El bien común debe
redundar en provecho de todos los miembros de la comunidad, que deben
participar en él por razón de su propia naturaleza, aunque en grados diversos,
según las categorías, méritos y condiciones de cada ciudadano. (PT 56).
6. Los gobernantes han de procurar
que el bien común redunde en provecho de todos, sin preferencia alguna por
persona o grupo social determinado.
7. Por razones de justicia y
de equidad los gobernantes han de tener “especial cuidado de los ciudadanos más
débiles, que puedan hallarse en condiciones de inferioridad, para defender sus
propios derechos y asegurar sus legítimos intereses” (PT
56).
8. El bien común abarca a
todo el hombre, con sus exigencias del cuerpo y del espíritu. Los gobernantes
deben ofrecer al ciudadano “la prosperidad material y al mismo tiempo los
bienes del espíritu” (PT 57).
9. En su encíclica “Mater et
Magistra”, Juan XXIII ya había afirmado que “el bien común abarca todo un
conjunto de condiciones sociales que permitan a los ciudadanos e1 desarrollo
expedito y pleno de su propia perfección” (PT 58).
10. Por tener un cuerpo y un
alma inmortal, el hombre no puede satisfacer sus necesidades ni conseguir en
esta vida mortal su perfecta felicidad. Así que para promover el bien común no
solo hay que evitar poner obstáculos a la salvación eterna del hombre, sino que
hay que ayudarle a conseguirla (PT 59).
En una sociedad que parece decidida a privar a la persona de lo que precisamente la constituye como tal, es decir de su apertura a la trascendencia, es especialmente importante subrayar la vocación humana a la eternidad.
José-Román Flecha Andrés