EUTANASIA Y
DISTANASIA
Hace
casi cien años que se escribió aquel librito alemán sobre “la libre disposición
de las vidas inútiles”. Un libro que vino muy bien a una ideología asesina. Es
tremendo calificar como “inútil”
una una vida humana.
A
veces se presenta la eutanasia como un intento de ayudar a morir de forma
serena o tranquila mediante la abreviación intencionada del proceso de morir.
Se
habla de eutanasia negativa cuando se quiere aludir a la omisión planificada de
los cuidados que prolongarían la vida sin esperanza del enfermo incurable. La eutanasia positiva se refiere a la
institución planificada de una práctica encaminada a provocar la muerte del
enfermo en una situación terminal y antes de que el desenlace llegue por sí
mismo.
El
juicio ético sobre la eutanasia, cuando la decisión es tomada por una persona
distinta del mismo paciente, es relativamente fácil.
Según
Paul Sporken, "la decisión de vivir o morir es una decisión tan sumamente
personal que nadie la puede tomar en
nombre de otro, y mucho menos sin su saber y consentimiento. Por lo tanto, toda
eutanasia activa decidida por otra persona constituye necesariamente una
transgresión inadmisible contra el derecho de la persona humana, aun en el caso
en que este ser humano ya no sea capaz de manifestar su voluntad”.
Ahora
bien, se considera como “distanasia” el afán desmesurado de prolongar
artificialmente la vida humana terminal.
Mientras
que la Iglesia juzga inmoral todo procedimiento eutanásico, se considera
éticamente aceptable, en determinadas condiciones, un procedimiento
antidistanásico. Es decir, se admite la renuncia a utilizar medios y
tratamientos extraordinarios, que hoy se prefiere calificar como
“desproporcionados”, para mantener al paciente en vida cuando se encuentra ya
en un estado terminal.
Este
juicio tiene especial aplicación cuando se comprueba que ya ha tenido
lugar la "muerte clínica ", es
decir la muerte irreversible de la corteza cerebral. Aun cuando no se haya
comprobado la muerte clínica, a veces la reanimación no logra otra cosa que la
prolongación de una vitalidad parcial, casi exclusivamente vegetativa. En esos
casos pueden aplicarse las palabras que ya en 1957 pronunciara el papa Pío XII:
"Si
es evidente que la tentativa de reanimación constituye, en realidad, para la
familia tal peso que no se le puede en conciencia imponer, ella puede insistir
lícitamente para que el médico interrumpa sus intentos, y el médico puede
condescender lícitamente con esa petición. No hay en este caso ninguna
disposición directa de la vida del paciente, ni eutanasia, la cual no
sería lícita”.
En este momento, será bueno preguntarse, qué
se pretende con una ley de eutanasia, aunque cuidadosamente se evite mencionar
esta palabra.
